El inicio de la temporada de piscinas de este año, comienza el sábado 15 de junio, y durará hasta el 15 de septiembre de 2024.
A continuación se informa de todo lo relacionado con la temporada estival.
PRECIOS ABONOS TEMPORADA 2024:
Modo de activar las tarjetas acreditativas para el acceso:
– Presencialmente, en las Oficinas Municipales. Calle Fueros nº1. C.P. 31210 Los Arcos (Navarra). Para realizar el pago en metálico o emisión por primera vez de la tarjeta de acceso. De lunes a viernes en horario de 9:00 a 13:00 horas.
– Telefónicamente, llamando al 948 44 10 04. Para aquellos pagos domiciliados.
‼️ AVISO importante ‼️
Con motivo del nuevo sistema de acceso al recinto de las Instalaciones del Polideportivo Municipal de Los Arcos, tanto a piscinas como a gimnasio, se informa a los usuarios que tengan abono, que a partir de mañana sábado, día 15 de junio de 2024, para poder acceder con el nuevo sistema, deberán ir a la taquilla de las piscinas para activar la tarjeta de acceso a las mismas. Esta actuación se realizará una única vez para, luego la tarjeta funcionará de manera normal en sus sucesivas entradas y salidas.
Además, existe la posibilidad de reservar el frontón y comprar la entrada diaria a la piscina con una aplicación web, donde se descargará un QR que dará el acceso pasándolo por el lector.
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**Aclaración sobre familia numerosa
Acreditación de familia numerosa (navarra.es)
La bonificación se aplicará a los abonos y se gestionará en las Oficinas del Ayuntamiento de Los Arcos, 948441004.
Acreditación de familia numerosa
Se entiende por familia numerosa la integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos o hijas, sean o no comunes, menores de 21 años o de 25 si cursan estudios.
Se equiparan a familia numerosa las familias constituidas por:
- Uno o dos ascendientes con dos hijos o hijas, sean o no comunes, siempre que al menos uno de los hijos o hijas tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33% o esté incapacitado para trabajar.
- Dos ascendientes, cuando ambos tuvieran un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o, al menos, uno de los ascendientes tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o ambos estuvieran incapacitados para trabajar, con dos hijos, sean o no comunes.
- El padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos/as, sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica.
- Dos o tres hermanas o hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con la persona tutora, acogedora o guarda, pero no se hallen a sus expensas.
- Tres o más hermanas o hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos, si uno de ellos es tiene un grado de discapacidad superior al 33%, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos o ellas.
- El padre o la madre con dos hijos o hijas, cuando haya fallecido el otro progenitor.